lunes, enero 20, 2025

TRADICIÓN

Declaración de principios


El grupo organizado de trabajadores de la Cámara de Diputados, socio fundador de la Federación de Sindicatos de Trabajadores al Servicio del Estado, surgió el 2 de mayo de 1936.


En la nueva etapa que se inicia, los trabajadores de dicha Cámara, al desligarse del Sindicato de Trabajadores de las Cámaras de Diputados y Senadores del H. Congreso de la Unión y constituir de nueva cuenta el Sindicato de Trabajadores de la Cámara de Diputados, representativo de los intereses profesionales de sus miembros, formula la siguiente Declaración de Principios:

I. Se constituye con los trabajadores que prestan sus servicios en las distintas dependencias de la Cámara de Diputados, en ejercicio de los derechos que consagra el Apartado “B” del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y su Ley Reglamentaria;

II. Tendrá como objetivo principal la defensa integral de los derechos de los trabajadores que lo conforman;

III. Hace suyo los principios doctrinarios del movimiento social de México, concebidos por los más esclarecidos intérpretes del pueblo y cimentados sólidamente en la conciencia nacional a través de la lucha por la conquista de la libertad, la democracia y la justicia social;

IV. Inspirado en los ideales de la Revolución Mexicana, el sindicato hace profesión de fe democrática, comprometiendo su fuerza organizada para combatir toda tendencia que intente quebrantar la Constitución General de la República y las leyes derivadas, que rigen nuestra vida institucional;

V. El sindicato se afirma en la unidad inquebrantable de los trabajadores que lo integran y en la doctrina emanada de la Revolución Mexicana, en la práctica permanente de los principios que consagra el artículo 123 constitucional, y en la lucha tenaz por el mejoramiento de las condiciones materiales, culturales y sociales de sus asociados;

VI. Dentro del cumplimiento exacto de la ley se pronuncia por el planteamiento de nuevos principios rectores que tiendan a la búsqueda de la superación constante de los servidores públicos;

VII. Asume su responsabilidad histórica, decidida siempre a contribuir á la constante superación de la clase trabajadora, a través de métodos legales que no rompan nuestra estructura jurídica y mantengan irrestricto el imperio de la Constitución;

VIII. Por arraigada convicción y por mandato de la ley, luchará en contra de cualquier acto que aliente propósitos reeleccionistas, estimulando asimismo la participación de los agremiados, a fin de que se fortalezca el movimiento organizado y se eduque a los nuevos cuadros en el ejercicio de la democracia sindical;

IX. Reitera su postura inquebrantable en favor de los intereses de la gran mayoría, reconociendo como inalienable el derecho a la democracia, educación, a la
seguridad social, a la justicia, a la igualdad jurídica de los hombres y a su mejoramiento económico, y

X. Se pronuncia por los más altos ideales de los hombres, por el imperio de la paz, del derecho entre lo estados, y la no intervención y autodeterminación de los
pueblos, seguro de que sólo prevaleciendo los valores éticos-sociales será posible que la humanidad realice sus más elevados destinos.

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